Para elaborar protocolos de respuesta ante crisis de desregulación emocional y conductual
Hoy jueves 6 de noviembre nos respondió la Defensoría de la Niñez, a través de Daniela Fuenzalida de la Unidad de Protección de Derechos y Representación Judicial. Esta es una de las 3 instituciones con la que nos contactamos a inicios de este año para que se pronuncie sobre la realización de contención física en contextos educativos, sus alcances normativos y técnico pedagógicos.
Cabe recordar que con fecha 6 de febrero de este año la Superintendencia de Educación a través del Ordinario N°222 respondió a nuestra solicitud de pronunciamiento respecto de la legalidad de aplicar contención física a estudiantes y/o párvulos en contextos de crisis de alto riesgo.
En marzo de este año, recurrimos a la Defensoría de la Niñez para pedir su opinión respecto del pronunciamiento de la Superintendencia, oportunidad se nos indicó que oficiarían al Ministerio de Educación para que se pronuncie al respecto, por cuanto sería “El organismo que debe dictar las políticas públicas, planes, programas y lineamientos en materia educativa con el fin de que pueda entregar la orientaciones correspondientes”.
Paralelamente, en abril de este año nos reunimos con el equipo directivo completo de la Dirección de Educación General del MINEDUC para abordar la escasa mención y orientación sobre contención física en el documento “Orientaciones Protocolo de Respuesta a Situaciones de Desregulación Emocional y Conductual”, publicado en agosto del 2022 por la DEG. En la oportunidad se nos indicó que el documento se encontraba “en proceso de actualización”.
En su correo la Defensoría de la Niñez, nos ha comunicado que el MINEDUC ha confirmado que el documento “Orientaciones protocolo de respuesta…” se ha estado actualizando y agrega que estaría disponible para las comunidades educativas dentro del mes de noviembre de este año.
Por ahora sólo queda esperar para conocer estar nuevas orientaciones técnico pedagógicas, tremendamente necesarias para las comunidades educativas que hoy han debido protocolizar acciones basados en la versión 2022 del documento, el cual por una parte no habría estado ajustado a la ley N° 21.525 al tiempo que eran casi inexistentes las referencias sobre cómo actuar en situaciones extremas en que la contención física pudiera ser requerida.
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