La Dirección de Educación Pública (DEP) del MINEDUC prepara nuevas orientaciones técnicas para el abordaje de situaciones de Desregulación Emocional en estudiantes y párvulos(as) del espectro autista.
En noviembre 2024 la Dirección de Educación pública, advirtió a las comunidades educativas que en marzo de este año publicaría un conjunto de nuevas orientaciones técnicas para el trabajo con estudiantes del espectro autista, las cuales implicarían, entre otras cosas, ajustes a los actuales Planes de acompañamiento Emocional y Conductual (P-AEC) y Actualización de protocolo DEC (P-DEC) (Orientaciones Técnicas N° 2).
Sobre estás nuevas orientaciones técnicas, se ha adelantado que proponen un cambio de enfoque y semántico asociado a lo que fuera el objeto del referido protocolo (las DEC) y que a contar de este año pasaría a llamarse Protocolo DEEm, especificando que el objeto de este instrumento será abordar “Desregulaciones Emocionales y Situaciones de Emergencia.
Es desde el año 2022, cuando la entonces División de Educación General del Ministerio de Educación publica el documento “Orientaciones protocolo de respuesta a situaciones de Desregulación emocional y conductual”, que el concepto DEC se comienza a generalizar, como respuesta técnica de abordaje a situaciones de desregulación emocional con manifestaciones conductuales en estudiantes y párvulos en general, cuyo proceso de escalada descrito en detalle, amenazaba con llegar a niveles explosivos cuando no se contenía de forma adecuada.
Ya a fines del año 2023 la Superintendencia de Educación da a conocer oficialmente la circular N° 586, que viene a operar como una suerte de reglamento para la aplicación de la Ley de Autismo a las comunidades educativas, lo que tiende a generalizar la apropiación de esta nueva jerga para referir a las DEC, cuyo manejo responsivo y preventivo debía ser protocolizado, eso sí, circunscrita esta exigencia a las crisis experimentadas por párvulos(as) y estudiantes del espectro autista.
Posteriormente, a solicitud de Fundación Convivo, y a partir de la consulta sobre criterios de aplicación de contención física para casos extremos en estudiantes sin diagnóstico conocido, el superintendente responde a través del Ord. N° 222, ampliando los criterios de aplicación de la citada estrategia a la totalidad de párvulos y estudiantes.
Ahora bien, adelantándonos a las orientaciones técnicas que debiesen estar publicadas muy pronto, y basándonos en la información provista por la Dirección de Educación Pública (DEP) en a través de 3 seminarios online que dedicó al tema entre octubre y diciembre de 2024, el cambio semántico que afectará a los “Protocolos DEC”, deviene de la necesidad cambiar el foco al atender dichas situaciones de crisis, moviéndonos desde el foco puesto sobre la conducta a un el foco puesto en la “corregulación”, por tanto atendiendo al proceso emocional experimentado por el niño, niña o adolescente autista, a fin de proporcionarle elementos para la calma. De esta manera Marcela Villegas, la Especialista en Autismo y Educación Inclusiva del MINEDUC encargada de la elaboración de las nuevas orientaciones, considera que para proporcionar calma se debe actuar en calma, regulados(as); de lo contrario será una tarea imposible. Todo esto, por cierto, demanda una gestión educativa inclusiva, una comunidad sensibilizada, comprometida y empática la vez que equipos capacitados con las competencias emocionales suficientemente desarrolladas como para proveer calma, primero a sí mismos(as) y de ahí a los NNA autistas que lo requieran.
En síntesis, y en vista de la actualización que prontamente se instruirá desde la DEP, en lo formal la conversión de los actuales protocolos DEC en protocolos DEEm debiese ser una tarea menos compleja que lo que ha sido la confección de los primeros, esto partiendo de la base que han sido elaborados en referencia a las primeras orientaciones de la DEG del 2022. Es más quizás muchos de estos cambios deban estar principalmente focalizados en la actualización de la nomenclatura: DEEm en lugar de DEC (y su respectivo ajuste conceptual); “Corregulación”, en lugar de contención; agregar la categoría de precursores (En referencia a las señales conductuales del desarrollo de una DEm) y una definición de “Emergencia” para, en contextos de desregulación facilitar la toma de decisiones del tipo: llamar o no a apoderados(as), contactar a redes externas o aplicar contención física, entre otras.
Lo anterior en el plano de lo formal, ahora, en el fondo, lo que se plantea es un “cambio de Enfoque”, que claramente excede lo estrictamente formal: dejar de ver la conducta para comprender emocionalmente requiere ver, incluso más allá lo observable. En este caso, reconocer la emoción de quien está en crisis, validarla y proporcionar calma, en el entendido que la situación se ha generado por una interacción entre características personales y un entorno que podría no ser o estar adecuado. Abrirnos a la pregunta ¿Qué necesita? ¿Qué no estamos viendo? ¿Cómo hacemos para resguardar la experiencia educativa del NNA en crisis?, en vez de ofrecer soluciones generales basadas en el diagnóstico que soslayan las particularidades de nuestro estudiante o párvulo.
Ahora bien, para que la inclusión sea efectiva y no algo meramente formal o “una exigencia más” a la nuestra ya muy burocratizada gestión de la inclusión educativa, es de esperar que estas nuevas orientaciones incorporen la dosis de realidad necesaria para que se haga implementable en la disímil realidad cultural y socioeconómica de nuestras escuelas, colegio y liceos, que en muchos casos se traduce en familias docentes con insuficientes herramientas, sin asistencia y cursos sobrepoblados.
Para finalizar un dato para la reflexión: con todo el aparataje institucional, técnico y normativo en favor de la inclusión -léase circulares, orientaciones técnicas, políticas, etc.- según datos abiertos de la Superintendencia de educación escolar, las denuncias por discriminación de solo los últimos 3 años (2022 al 2024, 4157 denuncias), casi duplican la sumatoria de todas las denuncias por la misma causa que la de los 5 años anteriores (2017 al 2021, total 2551 denuncias) y entre estas el tipo de discriminación más denunciada es justamente la categoría “Discriminación por Necesidades Educativas Especiales”.
¿Qué está pasando? ¿Qué otros elementos están llevando a que los resultados de los procesos inclusivos en educación tomen la dirección opuesta a la que persigue? ¿Las orientaciones técnicas anteriores han sido suficientes para implementar los cambios que se demandan de las instituciones educativas? ¿Qué debieran contener unas orientaciones MINEDUC realmente útiles a las comunidades educativas?
“En la educación, pensar juntos es parte de la acción transformadora.”
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